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Procedimiento a través del cual toda persona, natural o jurídica puede solicitar la emisión del Certificado de Numeración Municipal, siempre y cuando el predio tenga conformidad de obra, este regularizado mediante declaratoria de fábrica o cuente con la licencia de edificación vigente, este procedimiento tiene un costo por derecho de trámite establecido en el TUPA vigente, se debe resolver en un plazo de 5 días útiles, cabe indicar que este procedimiento está sujeta al silencio administrativo positivo. El procedimiento concluye con una el Certificado de Numeración Municipal a cada Unidad Catastral, solo en los casos que el predio cuente con Conformidad de Obra y Declaratoria de Fábrica Inscrita en SUNARP y en el caso que el predio cuente con Licencia de Edificación vigente se entrega la Numeración Municipal de las Unidades Catastrales a través de una Resolución.
Dicho certificado o resolución emitida no genera algún tipo de derecho de propiedad al solicitante, está sujeta al recurso de reconsideración en la que resuelve en un plazo de 15 días hábiles y el recurso de apelación se resuelve en un plazo de 30 días hábiles.
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1.- Solicitud de certificado de numeración municipal
2.- Exhibir documento de identidad
3.- Croquis del predio
4.- Pago del derecho de trámite
Notas:
1.- En caso de acreditar con Declaratoria de Fábrica - Ley Nº 27157 deberá estar registrado previamente en la base catastral.
2.- En el caso de construcciones en proceso de construcción, indicar en la solicitud el número de expediente y número de la licencia de edificación con la que se aprobó el proyecto.
3.- En el caso de edificaciones en proceso de construcción que cuentan con licencia de edificación, las numeraciones asignadas se registrarán oficialmente en la base catastral una vez obtenida la Resolución de Conformidad de Obra.
4.- En caso que el procedimiento se realice a través de la Plataforma de Servicios en Línea:
5.- Como parte de los datos de ubicación del predio deberá consignarse el número de la partida registral del predio.
6.- La exhibición del documento de identidad no será exigible.
7.- La presentación del croquis del predio será reemplazada por la selección de la dirección del predio
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Caja de la Entidad
Efectivo: Soles
Tarjeta de Débito o Crédito: Visa, Mastercard, entre otrosPlataforma Virtual de Atención al Ciudadano
Tarjeta de Débito o Crédito: Visa, Mastercard, entre otros
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Evaluación previa – Silencio Administrativo Positivo: Si vencido el plazo de atención, no obtiene respuesta, la petición se considera aprobada
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Presencial:
Plataforma de Atención al Ciudadano
Sede: Augusto Tamayo 180, San Isidro
Calle 21 N° 765, San Isidro
Horarios: Lunes a Viernes de 08:00 a 17:00 y Sábados de 09:00 a 13:00.
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Reconsideración Apelación Autoridad Competente Subgerente de Planeamiento Urbano y Catastro Gerente de Desarrollo Urbano y Económico Plazo máximo de presentación 15 días hábiles 15 días hábiles Plazo máximo de respuesta 30 días hábiles 30 días hábiles
El recurso de reconsideración se interpondrá ante el mismo órgano que dictó el primer acto que es materia de la impugnación y deberá sustentarse en nueva prueba.El recurso de apelación se interpondrá cuando la impugnación se sustente en diferente interpretación de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidió el acto que se impugna para que eleve lo actuado al superior jerárquico.