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Procedimiento a través del cual toda persona natural o jurídica formula contradicción en la vía administrativa respecto de los actos administrativos emitidos como consecuencia de un procedimiento administrativo sancionador. El plazo de atención es de 30 días hábiles.
- Negativo (30 Días Hábiles)
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1.- Solicitud fundamentada
2.- Exhibir DNI del titular y de ser el caso del tercero legítimo o representante (indicar en el escrito la calidad de representante.)
3.- En caso de representación de personas naturales, carta poder simple con firma del administrado; y, en el caso de personas jurídicas, copia simple de la vigencia de poder del representante legal (*)
Notas:
1.- Cuando el administrado haya optado por la aplicación del Silencio Administrativo Negativo será de aplicación el Silencio Administrativo Positivo en las siguientes instancias resolutivas (Art. 199.6° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General.)
2.- Cuando el administrado presente el Recurso de Reconsideración, deberá sustentarse en nueva prueba (Art. 219° Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General.)
3.- (*)La vigencia de poder y designación de representantes legales podrán ser sustituidos; a opción del administrado o usuario, por declaración jurada, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, de acuerdo al numeral 3.3 del Artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1246.
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Caja de la Entidad
Efectivo: Soles
Tarjeta de Débito o Crédito: Visa, Mastercard, entre otrosPlataforma Virtual de Atención al Ciudadano
Tarjeta de Débito o Crédito: Visa, Mastercard, entre otros
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Evaluación previa- Silencio Administrativo Negativo: Si vencido el plazo de atención, no obtiene respuesta, puede interponer los recursos administrativos.
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Presencial:
Plataforma de Atención al Ciudadano
Sede: Augusto Tamayo 180, San Isidro
Calle 21 N° 765, San Isidro
Horarios: Lunes a Viernes de 08:00 a 17:00 y Sábados de 09:00 a 13:00.
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Reconsideración Apelación Autoridad Competente Subgerente de Operaciones de Fiscalización Gerente de Fiscalización Administrativa Plazo máximo de presentación 15 días hábiles 15 días hábiles Plazo máximo de respuesta 30 días hábiles 30 días hábiles
El recurso de reconsideración se interpondrá ante el mismo órgano que dictó el primer acto que es materia de la impugnación y deberá sustentarse en nueva prueba.El recurso de apelación se interpondrá cuando la impugnación se sustente en diferente interpretación de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidió el acto que se impugna para que eleve lo actuado al superior jerárquico.